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LAS «LAT»S

Buenos días !! Artículo dedicado a los diferentes, por sus derechos, si a alguien le interesa trabajar este tema conmigo puede contactarme y lo tratamos.

¡Disfrutar de este día!


Las “parejas LAT” Existe una realidad de convivencia son las parejas LIVING APART TOGETHER”. No viven bajo el mismo techo, no se casan” Lo heredamos del modelo anglosajón.

En Occidente los modelos de familia no paran de proliferar en estas últimas décadas: reconstituidas, dobles, monoparentales, la que no desean hijos, las que desean adoptar, homosexuales, transexuales, etc.….

Acaba resultando una opción práctica tal vez fruto de generaciones educadas en el individualismo.

No se puede medir la felicidad de este tipo de relaciones, no se encuentran censadas, por lo que no son controlables a ningún nivel.

Lo cierto es que tras una ruptura todavía queda mucho remanente de quedarse uno desubicado ante un mundo en el que sólo se externalizan las parejas “controlables”.

Considero que existen dos motivos por los que pueden concurrir las LAT: 1) Por miedo al fracaso emocional. Personas sin capacidad de transmitir sus sentimientos, frías, calculadoras. 2) Las que le prestan entidad a tal figura, son aquellos que han llegado a descubrirse a sí mismos y no quieren verse obligados a renunciar a este yo.

El renacimiento de ser LAT se comprende entre los 40 a 50 años, personas que quieren vivir la vida sin ceder su yo íntegramente. Se basan en una no convivencia pero en una relación de confianza que no los sujeta en un atisbo de abuso.

Según la Dra. Almudena Moreno,Doctora en Sociología de la UAB expone que : «Aquest tipus de parella que no conviu per convicció es dóna sobretot en grups d’extracció socioeconòmica i nivell de formació elevats»

Algunas cuestiones que me planteo son: a) ¿Cabría en nuestra sociedad matrimonio sin convivencia? b) ¿Qué tipo de derechos (sucesorios, pensiones, fiscales, etc..) serían los otorgables? c) ¿Qué obligaciones deberían acatar? d) ¿Debe prevalecer el requisito del censo para impedir una formalización de una institución que proteja al ciudadano? e) ¿Los modelos familiares deben ser tantos como la libertad de elección de las personas? f) ¿Sería beneficioso para el Estado reconocer este tipo de familia? g) ¿Qué derechos debería tener los LAT sobre los hijos de su pareja que no son biológicos? h) ¿Las leyes deberían respetar y regular este tipo de pareja? ¿Por qué?

Elena Villa-Abogada

Especializada en familia y medidadora.

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