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Foto del escritorElena Villa Boix

SARS-COVID-19 Y CUSTODIA DE LOS MENORES

En el estado de alarma en el que nos encontramos, quería recordaros que los padres y las madres divorciad@s con hij@s no suspenden su responsabilidad parental o la patria potestad, con ello, quiero transmitir un mensaje que repetimos mucho en las consultas de estos días, y que lo encuentro de extrema urgencia y necesidad transmitirlo una vez más:

«Adoptar medidas consensuadas, en interés de vuestr@s hij@s, que son los más interesados de protección siempre, no lo olvidéis.»


Destacar que los Acuerdos fijados por las Juntas de Jueces, en los diferentes partidos judiciales, fruto de muchas consultas realizadas por vía telemática en estos días el despacho, no son vinculantes, aunque sí están dirigidos a establecer un criterio común en el partido judicial sobre el que tienen jurisdicción, ello se reitera por la Asociación Española de Familia (AEAFA). Cabe recordar que la unificación de criterios a efectos doctrinales corresponde al Tribunal Supremo.


En un marco insólito, como es el del estado de alarma que estamos viviendo, la situación judicial es la siguiente:


La citada AEAFA ha realizado un análisis de los criterios referidos en el mismo se deduce que de las juntas de jueces de 43 fueros judiciales, el 77 % se han mostrado partidarias de mantener la custodia compartida y un 13 % en contra, sosteniendo la suspensión de las medidas acordadas por sentencia, en base a un criterio sanitario.


Dentro de las referidas juntas existen también acuerdos en relación a visitas intersemanales sin pernocta, con pernocta, régimen de visitas con los abuelos, cuestiones relativas al Punto de Encuentro Familiar, etc.. de los que también han surgido disparidades territoriales.


Personalmente y en un marco tan delicado como es el presente en nuestro Estado, considero que debería protegerse más que nunca a la familia, puesto que en un porcentaje todavía impreciso, pero detectable ya en los despachos de abogados, se están sufriendo situaciones que agravan situaciones de desigualdad con respecto a l@s menores y con respecto a aquell@s progenitores que ostentan o no en estos momentos a l@s menores o incluso conviven juntos.


En un momento como el presente y según se recoge en el informe de la AEAFA, sólo se pronunciarán los Juzgados acerca del incumplimiento derivado del confinamiento a efectos de interposición de demandas por el artículo 158 del Código Civil, con respecto a las situaciones de riesgo grave para l@s menores.


Paralelamente, y en dicho informe se nos traslada a l@s abogad@s de familia la directriz de que evitemos el colapso del sistema mediante un sinfín de procedimientos urgentes que no tienen cabida.


Está claro que el haber despenalizado hace años el incumplimiento de los deberes y obligaciones de los progenitores descargó, y mucho, la carga de trabajo que había en las Comisarías y en los Juzgados, pero si nadie trata casos graves de incumplimiento o intercede en momentos como estos de puente, me pregunto si no dejamos en manos del más fuerte la elección de lo que debe hacerse con l@s hij@s. Está claro que los recortes no se hicieron hace años sólo en sanidad, también en Justicia. Son varios los artículos que he realizado en estos años y uno en concreto lo podéis ver en la revista jurídica www.legaltoday.com, aquí os dejo en el enlace dos artículos por si os interesan:




En cuanto a la Fiscalía General del Estado, el Consejo General del Poder Judicial y el Ministro de Justicia han sido favorables a mantener con el régimen de medidas fijados en las sentencias.


Con respecto a otro gran tema consultado hace referencia al Decreto, pues bien, en su letra e) se prevé como excepción el cuidado y atención de menores, deduciendo desde el despacho puesto que no hay más explicación y más cuando no se suspenden las medidas de custodia y relación parental, que cabe la posibilidad de estar en la calle para entregar o recoger a l@s menores.


En la letra h) del mismo Decreto permite la libertad de circulación por cualquier circunstancia análoga teniendo cabida, para el caso de no hacer la interpretación anterior, el presente apartado, como paraguas de salvoconducto para los intercambios entre los progenitores de l@s menores.


Estrictamente, nos hemos centrado en el escenario judicial-jurídico y os he dado mi opinión al respecto, pero no podemos olvidar que todo este calvario de consultas y desasosiego que nos ha surgido a tod@s por la improvisación y el devenir de una pandemia se origina en pro de evitar al máximo el contagio del SARS-Covid19.


En estos días con varios de vosotr@s hemos comentado que el tema del Coronavirus es un tema ajeno a la realidad familiar, puesto que del mismo, resurge en demasiadas ocasiones del día, lo que a tod@s nos está obligando, es decir, a parar, a analizar, a ver lo que es verdadero e importante. Tal vez del SARS-Covid19 de desprenderá que los padres y madres son capaces de mirar con sentido común sólo por el interés de sus hij@s y en muchos casos, como estamos viviendo en nuestro despacho, se entiende la necesidad de preparar un procedimiento contencioso contra el otro progenitor por no haber actuado no ahora, sino desde hace tiempo o tal vez nunca en interés del o de la menor.


El coronavirus en temas de familia, no nos engañemos, no provoca ningún efecto secundario, sólo si hay problemas de atrás, se van a acentuar en estos días, porque tod@s estamos más nervios@s y debemos ser empátic@s y adaptarnos a una situación, que es mucho más difícil de gestionar y que precisa de un trabajo de equipo. En estos momento la organización en hogar es vital, la planificación y reparto de tareas, es decir, de lo que antes del Covid19 se denominaba conciliación, que ahora deviene una necesidad imperiosa (para no acabar exhaust@s).


En nuestro despacho disponemos de servicio e-psicológico consolidado si lo precisáis, que también puede ayudaros, para daros pautas y para gestionar el estrés y la ansiedad que estáis viviendo, referiros que son psicólogas expertas en temas de crisis matrimoniales.


Recordaros que el confinamiento no impide que realicéis consultas por teléfono o por email con vuestra e-abogada e incluso que aprovechéis este confinamiento para empezar a trabajar acuerdos posibles en privado y de forma confidencial (online o por videoconferencias) con vuestra e-abogada o que empecéis si lo tenéis claro a preparar demandas para modificar las medidas que tenéis a fecha de hoy, que consideréis justas y necesarias para el interés de vuestr@s hij@s o por qué no, para vosotr@s.


Gracias por haberme dedicado vuestro tiempo y mucho ánimo para estos días.


Cuidaros mucho.


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