Extranjería
- Estudio de la solicitud adecuada para el cliente.
- Búsqueda del estado del expediente en el Gobierno Civil.
- Solicitudes de permisos de trabajo y residencia para extranjeros y comunitarios
o Autorizaciones
- Solicitud de N.I.E.
- Asilo
- Expedientes de Nacionalidad y Adopción
- Reagrupación familiar
- Recursos tanto de reposición como ante el contencioso-administrativo
TRÁMITES DE EXTRANJERIA. Abogados
especializados.
Visitas previamente concertadas.
NACIONALIDAD
Es la cualidad de una persona determinada por el vínculo
o la relación que la une con un determinado estado.
La nacionalidad puede ser de diversos tipos según las circunstancias
en que se adquiere:
- Nacionalidad de origen.
Aquella que la persona adquiere desde el momento de su nacimiento.
- Nacionalidad por residencia.
¿Quien puede solicitarla? Cualquier ciudadano que haya residido en
España durante un tiempo determinado.
Para la concesión de esta nacionalidad la residencia debe ser legal
y continuada.
- El periodo de residencia se reducirá en los siguientes casos:
10 años: Con carácter general, para los ciudadanos
de países NO iberoamericanos.
2 años: Nacionales de origen de países
iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o Sefardíes.
1 año: Nacidos en el territorio español.
Casados con español/a no separado legalmente o de hecho. Viudos
de español/a, no separación.
Sujetos legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o
institución españoles.
- Nacionalidad por opción.
- Nacionalidad por carta de naturaleza.
- Nacionalidad por posesión de estado.
AUTORIZACION DE RESIDENCIA Y TRABAJO
- Habilita a trabajar en España tanto a extranjeros que residen fuera
de España, como a extranjeros residentes en situación de estancia
por estudios, como también a extranjeros con residencia por reagrupación
familiar.
- Tendrá una duración de un año.
- Podrá limitarse en el ambito geográfico y en la actividad.
- Solicitada personalmente por el empleador cuyos requisitos serán:
- Oferta de trabajo
- DNI o CIF del empleador/ empresa
- Pasaporte completo del extranjero
- Y demás documentos que acrediten la estabilidad de la Empresa
o Empleador
RENOVACIÓN
- Deberá solicitarse durante los 60 días naturales previos a
la fecha de expiración.
- La presentación de la solicitud en el plazo, prorrogará la
validez de la autorización anterior hasta la resolución del
procedimiento.
- Notificada la resolución favorable, el extranjero deberá
solicitar la tarjeta de indentidad de extranjero.
REAGRUPACION FAMILIAR
- Los extranjeros residentes en España tienen derecho a la vida en
familia y a la intimidad familiar.
- Es necesario tener la segunda tarjeta o estar en tramite de renovación
para ejercitar este derecho.
- El tramite se inicia solicitando cita previa en la subdelegación
del Gobierno Civil.
- Se deberá acreditar medios económicos y disponibilidad de
vivienda.
RESIDENCIA POR ARRAIGO
Existen dos tipos de arraigo:
- Arraigo Social, cuando se acredite:
- Permanencia continuada en España de, al menos, 3 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en el país
de origen.
- Contrato de trabajo de un año.
- Vínculos familiares o inserción social.
- Arraigo Laboral, cuando se acredite:
- Permanencia continuada en España de, al menos 2 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en el país
de origen.
- Existencia de relaciones laborales.